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    “Derechos de la naturaleza vs. derechos de los animales en la Constitución ecuatoriana”

    Tatiana Rivadeneira Cabezas Abogada de los Tribunales y Juzgados de la República del Ecuador, Universidad de las Américas. Especialista Superior en Derecho Constitucional, Universidad Andina Simón Bolívar, sede Ecuador. Magister en Derecho Constitucional, Universidad de Sevilla. Coordinadora de la fundación Victoria Animal. Miembro del Movimiento Animalista Nacional.




    La naturaleza en el Ecuador es titular de derechos, desde octubre de 2008, a nivel constitucional; pero, si tomamos en cuenta que existe un desarrollo casi nulo de los derechos de la naturaleza en el Ecuador. Es aún más limitado el reconocimiento de los derechos que tienen los animales en este país. Si sabemos que para que exista un respeto eficaz hacia los derechos, no solo deben estar mencionados dentro del catálogo de estos en la Constitución, sino más bien es indispensable que el Estado cumpla con su deber de establecer garantías constitucionales para el adecuado cumplimiento de los derechos.Dentro de las garantías constitucionales se encuentran las garantías jurisdiccionales, en ejercicio de estas garantías hemos activado varias acciones constitucionales, para que sean resueltas en juzgados ecuatorianos. 

    Comentaré dos de ellos que se conocieron por jueces constitucionales y fui la abogada patrocinadora de estas causas. La primera causa es hacia el espectáculo de pelea de gallos en la ciudad de Quito. La segunda, un hábeas corpus de una mona llamada Estrellita. Dentro de estos procesos judiciales, indicaré cual fue la pretensión de las demandas y los argumentos de la decisión del juez en cada causa.